En Francia no se contrata a un artista con una factura: se le contrata como asalariado. El artículo L7121-3 del code du travail presume contrato de trabajo en cuanto pagas por una actuación, y la salida administrativa para quien organiza espectáculos de forma ocasional es el GUSO, el guichet unique du spectacle occasionnel de France Travail. Esta guía recorre quién está obligado, qué plazos corren y qué pasa cuando el artista viene de fuera.
¿Quién es el empleador cuando contratas a un artista en Francia?
Tú, salvo excepción tasada. El artículo L7121-3 del code du travail dice que «tout contrat par lequel une personne s'assure, moyennant rémunération, le concours d'un artiste du spectacle en vue de sa production, est présumé être un contrat de travail», y solo se descarta esa presunción cuando el artista está inscrito en el registro de comercio.
El artículo L7121-4 cierra las escapatorias habituales: la presunción «subsiste quels que soient le mode et le montant de la rémunération, ainsi que la qualification donnée au contrat par les parties», y se mantiene aunque el artista conserve la libertad de expresión de su arte, sea propietario de todo o parte del material utilizado o emplee a personal de apoyo.
Traducido a la práctica: llamar «contrato de prestación de servicios» a un acuerdo con un músico no cambia nada si el músico actúa y tú pagas. El riesgo no es solo una recalificación: el artículo L8224-1 castiga el trabajo disimulado con «un emprisonnement de trois ans et d'une amende de 45 000 euros».
Dos reglas de forma que se olvidan. El artículo L7121-6 exige que el contrato sea individual. El L7121-7 permite un contrato común para un grupo o una orquesta, pero obliga a nombrar a cada artista y a indicar el salario de cada uno. Un contrato con «el grupo» y una cifra global no cumple ese artículo.
¿Qué es el GUSO y quién está obligado a usarlo?
Es la ventanilla única que France Travail puso en marcha en 1999 para los empleadores ocasionales del espectáculo vivo, y guso.fr lo describe como un servicio «100 % gratuit et obligatoire». La ficha F1928 de service-public.gouv.fr, verificada el 24 de diciembre de 2024, fija las dos condiciones para usarlo: «ne pas avoir pour activité principale ou pour objet l'exploitation de lieux de spectacles, de parcs de loisirs ou d'attractions ou la production ou la diffusion de spectacles» y «faire occasionnellement appel en CDD à un ou plusieurs artistes ou techniciens du spectacle».
El perímetro legal está en los artículos L7122-22 a L7122-28 del code du travail. El L7122-22 remite al L7122-19, que cubre a quien no tiene como actividad principal la explotación de salas, la producción o la difusión de espectáculos y a los «groupements d'artistes amateurs bénévoles faisant occasionnellement appel à un ou plusieurs artistes du spectacle percevant une rémunération».
Quién queda fuera: una sala, un promotor o una productora cuya actividad principal sí sea el espectáculo. Esas empresas llevan su propia nómina y su propio récépissé, y para ellas el GUSO no es una opción. La frontera administrativa son seis representaciones al año, el tope del artículo R7122-13; la ficha F1928 lo dice sin rodeos: «si l'employeur organise plus de 6 représentations par an, il doit avoir une licence d'entrepreneur de spectacles vivants». El trámite completo del récépissé y de la información previa de actividad para empresas españolas está en nuestra guía sobre vender entradas en Francia.
Un detalle que descarta muchos casos: el GUSO solo sirve para espectáculo vivo. La FAQ de reglamentación de guso.fr lo define como «l'exécution en direct d'une œuvre devant un public avec la présence physique d'au moins un artiste». Una grabación en estudio o un rodaje no entran por esta puerta.
¿Qué declaraciones sustituye la DUS y en qué plazos?
Cinco obligaciones distintas, con una sola declaración. El artículo L7122-23 obliga a los empleadores ocasionales a declarar ante «un organisme habilité par l'Etat» la retención en la fuente del artículo 204 A del code général des impôts y las declaraciones ligadas a la contratación temporal de artistas del espectáculo y de los obreros y técnicos que concurren al espectáculo.
El artículo L7122-24 enumera qué se da por cumplido al enviar esos elementos: la déclaration préalable à l'embauche del artículo L1221-10, la entrega del certificado de trabajo del L1234-19, la redacción y transmisión del contrato temporal de los artículos L1242-12 y L1242-13, la afiliación a la caja de vacaciones pagadas del L3141-32 y las declaraciones de los artículos 87 y 87-0 A del CGI. El L7122-25 deja margen para formalizar además el contrato en otro documento, y el L7122-26 cierra el circuito: el organismo entrega al asalariado «une attestation mensuelle d'emploi qui se substitue à la remise du bulletin de paie».
Los plazos los publica la FAQ de declaraciones de guso.fr: la declaración puede introducirse «1 mois avant la prestation et au plus tard 15 jours après», las cotizaciones sociales y fiscales «doivent être régularisées dans les 15 jours qui suivent la date de fin de contrat de travail» y el contrato «doit être remise au salarié au plus tard dans les 2 jours suivant l'embauche». La ficha F1928 añade la DPAE, que «peut être faite jusqu'à 2 heures avant le spectacle», y el precio del retraso: «6 % dès le 1er jour de retard et pour une période de 3 mois», más «1 % supplémentaire par mois de retard à partir de la fin de cette période».
| Trámite | Plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Déclaration préalable à l'embauche (DPAE) | Hasta 2 horas antes del espectáculo | Ficha F1928, service-public.gouv.fr |
| Entrega del contrato al asalariado | 2 días siguientes a la contratación | FAQ declaraciones, guso.fr |
| Déclaration unique et simplifiée (DUS) | Desde 1 mes antes hasta 15 días después de la prestación | FAQ declaraciones, guso.fr |
| Pago de cotizaciones sociales y fiscales | 15 días tras el fin del contrato | FAQ declaraciones, guso.fr |
| Majoración por retraso en el pago | 6 % desde el primer día (3 meses) y 1 % por mes después | Ficha F1928, service-public.gouv.fr |
| Attestation mensuelle d'emploi | La emite el organismo y sustituye la nómina | Art. L7122-26 code du travail |
Los seis organismos que reciben las cotizaciones por esa única declaración, según la ficha F1928, son Afdas, Audiens, el servicio de salud en el trabajo (CMB, hoy Thalie Santé), la Caisse des congés spectacles, el Unédic y la Urssaf. La FAQ del prélèvement à la source precisa el reparto de papeles en la parte fiscal: «l'employeur déclare et verse les cotisations sociales et fiscales au Guso» y el servicio transmite a la administración tributaria el importe de la retención declarada. El tipo no lo eliges tú: lo calcula la administración fiscal a partir de la declaración de renta del artista, y un cambio de tipo tarda hasta dos meses en aplicarse.
¿Cachet o horas? Cómo se declara la retribución
Depende de a quién contrates, y no es una elección libre. La FAQ de reglamentación de guso.fr es explícita con los equipos técnicos: deben declararse por horas y no al cachet, con la excepción de los «techniciens réalisateurs qui peuvent prétendre à une rémunération au cachet et/ou à l'heure». Los artistas sí se declaran habitualmente al cachet.
Los ensayos no van aparte. Según la misma FAQ, cuando se trata de artistas, ensayos y representaciones se declaran juntos en una única declaración, porque constituyen un mismo contrato de trabajo hasta la finalización del espectáculo. Declarar solo el concierto y dejar fuera dos días de ensayos remunerados es un error de perímetro, no un ahorro.
¿Y el importe mínimo? No lo fija el GUSO. La FAQ remite a los dos convenios colectivos del sector —la CCNEAC para el ámbito público y subvencionado y la CCNEESPSV para el sector privado—, cada uno con sus propias escalas salariales mínimas, y sugiere consultar a la DREETS correspondiente. Por debajo de todo está el suelo legal: la ficha F2300 de service-public.gouv.fr, actualizada el 1 de junio de 2026, sitúa el SMIC bruto en 12,31 euros por hora y 1.867,02 euros mensuales. Antes de firmar conviene pedir por escrito a qué convenio y a qué categoría se adscribe el cachet pactado.
¿Qué cuenta para las 507 horas del intermitente?
Las horas, y los cachets convertidos en horas. La annexe 10 del reglamento anexo a la convención del seguro de desempleo de 15 de noviembre de 2024 —modificada por el avenant n.º 2 de 10 de abril de 2026— cubre a los artistas «tels qu'ils sont définis aux articles L. 7121-2, L. 7121-3, L. 7121-4, L. 7121-6 et L. 7121-7 du code du travail» contratados con contrato temporal. Exige justificar «une période d'affiliation d'au moins 507 heures de travail au cours des douze mois qui précèdent la fin du contrat de travail».
La conversión está escrita con número: «lorsque l'activité des artistes est déclarée sous la forme de cachets, chaque cachet est converti en heures sur la base de 1 cachet égal 12 heures. Le nombre maximum de cachets pris en compte pour la recherche de la durée d'affiliation requise est de 28 par mois». La annexe 8 aplica el mismo umbral de 507 horas a los obreros y técnicos del sector.
De ahí sale una cuenta que todo artista francés conoce y que conviene que conozca quien contrata: 43 cachets son 516 horas y superan el umbral; 42 cachets son 504 horas y se quedan cortos. Y el tope mensual de 28 cachets equivale a 336 horas computables como máximo en un mes. Es cálculo propio sobre los coeficientes de la annexe 10, no una cifra publicada por el Unédic.
Dos lecturas propias, no texto de la norma. La primera: el coeficiente de 12 horas sirve para medir la afiliación al desempleo, no para fijar el importe del cachet; multiplicar 12 horas por el SMIC no da un mínimo convencional. La segunda: el valor administrativo de un cachet declarado explica por qué un artista pregunta cuántos cachets le vas a declarar antes de preguntar cuánto le vas a pagar. Declarar de menos no es solo un problema fiscal tuyo; le quita horas a su régimen.
¿Y si el artista factura desde España o desde otro país de la UE?
Hay una excepción expresa, y es estrecha. El artículo L7121-5 dice que la presunción de salariado «ne s'applique pas aux artistes reconnus comme prestataires de services établis dans un Etat membre de la Communauté européenne ou dans un autre Etat partie à l'accord sur l'Espace économique européen où ils fournissent habituellement des services analogues et qui viennent exercer leur activité en France, par la voie de la prestation de services, à titre temporaire et indépendant».
Cada pieza de esa frase es un requisito acumulativo: establecido en la UE o el EEE, reconocido allí como prestador de servicios, que presta habitualmente servicios análogos en su país, y que viene a Francia de forma temporal e independiente. Un artista español con actividad real en España y gira puntual en Francia encaja; un artista que vive en Francia y factura desde una sociedad extranjera creada para la ocasión, no.
La vía contractual que usa el sector cuando el artista trabaja a través de su propia estructura es el contrato de cesión del derecho de explotación del espectáculo: la productora del artista es la empleadora del equipo artístico y tú compras el espectáculo. No es una figura del code du travail, y aquí está la lectura práctica: si firmas una cesión, pide copia del récépissé de la productora y de las declaraciones sociales de su personal, porque la presunción del artículo L7121-3 no desaparece por el nombre del contrato, sino por quién ejerce de empleador de verdad.
¿Qué retención se aplica a un artista no residente?
El 15 %, y la practica quien paga. El BOFiP BOI-IR-DOMIC-10-20-20-20, en su versión de 29 de junio de 2022 actualizada el 3 de julio de 2024, desarrolla el artículo 182 A bis del code général des impôts: se aplica a las sumas pagadas, incluidos los salarios, en contrapartida de prestaciones artísticas realizadas o utilizadas en Francia por un deudor que ejerce una actividad en Francia a personas o sociedades que no tienen en el país una instalación profesional permanente.
La base es «le montant brut des rémunérations versées, y compris les salaires, après déduction d'un abattement forfaitaire de 10 % au titre des frais professionnels». Ese abatimiento no tiene techo y excluye cualquier otra deducción. El tipo general es del 15 % y sube al 75 % cuando las sumas, distintas de salarios, benefician a personas establecidas en un Estado o territorio no cooperativo. La declaración se presenta con el impreso n.º 2494-SD (CERFA 10325) y el pago vence «le 15 du mois suivant le trimestre civil au cours duquel a eu lieu le paiement».
El cálculo sobre un caso concreto: un cachet bruto de 6.000 euros deja 5.400 euros de base tras el abatimiento del 10 %, y el 15 % de esa base son 810 euros de retención. Es cálculo propio con las reglas del BOFiP citado. Quién soporta esos 810 euros es materia de contrato: si pactas un neto, la retención te la comes tú. El esquema recuerda al de otros mercados, como la retención a artistas extranjeros en Estados Unidos, con tipos y trámites distintos. Y antes de aplicar el 15 % hay que leer el convenio de doble imposición aplicable, que puede repartir la potestad tributaria de otra forma.
Tres formas de contratar el mismo concierto
| Vía | Quién es el empleador | Qué declaras | Base legal |
|---|---|---|---|
| Contratación directa con GUSO | Tú, el organizador ocasional | DUS única, cotizaciones a 6 organismos y retención en la fuente | Art. L7122-22 a L7122-28 code du travail |
| Contratación directa con nómina propia | Tú, si el espectáculo es tu actividad principal | Nómina, CDD d'usage y declaraciones sociales ordinarias | Art. L7121-3 y L7122-3 code du travail |
| Cesión del espectáculo a la productora del artista | La productora del artista | Factura de cesión; las declaraciones sociales son de la productora | Excepción del art. L7121-5 y práctica contractual |
La tabla no es una recomendación: el encaje correcto depende de tu actividad principal, del número de representaciones anuales y de dónde esté establecido el artista. Las dos primeras filas comparten algo que conviene tener claro: los derechos de autor van por otro camino. Autorizar la ejecución pública de la música es una gestión aparte y previa, con SACEM en Francia, igual que en España se tramita con SGAE y AGEDI-AIE. Y en el plano de las ayudas, el crédito fiscal del espectáculo vivo francés está en revisión presupuestaria, como contamos en la revista.
Y Futura Tickets, ¿qué parte de esto cubre?
Ninguna de las declaraciones sociales: la DUS, la DPAE y el pago al GUSO son obligaciones del empleador y no las hace una plataforma de ticketing. Lo que sí cambia con el sistema de venta es la trazabilidad del dinero con el que pagas el cachet. Futura Tickets es una plataforma SaaS española de ticketing para organizadores profesionales, vende en 9 idiomas y en 11 dominios de país y no cobra cuota mensual ni coste de alta, solo una comisión por entrada vendida. Con Futura Tickets la base de datos de asistentes es 100 % del organizador, lo que importa cuando la gira cruza frontera y el responsable del tratamiento sigue siendo el promotor. Si vas a liquidar porcentajes de taquilla con el artista, pide a tu proveedor el desglose por evento y por tipo de entrada antes de firmar el contrato de actuación; las condiciones están en la página de precios.
Lista de comprobación antes de firmar con un artista en Francia
Siete comprobaciones, en orden cronológico.
Decide quién es el empleador antes de negociar el importe. Si el artista no está inscrito en el registro de comercio ni encaja en la excepción del artículo L7121-5, el contrato se presume laboral y el GUSO es tu vía.
Cuenta tus representaciones del año civil. El tope sin récépissé son seis. La séptima función te obliga a declararte empresario de espectáculos vivos.
Abre la DUS con margen. Se puede introducir un mes antes de la prestación. Dejarla para después del concierto convierte un trámite de diez minutos en una carrera contra los 15 días.
Mete los ensayos en la misma declaración. Para artistas, ensayos y representación son un solo contrato de trabajo según la FAQ de guso.fr. Declararlos por separado es declararlos mal.
Pregunta por el convenio y la categoría. CCNEAC o CCNEESPSV, con la escala mínima aplicable, y el SMIC de 12,31 euros por hora como suelo legal. Que figure en el contrato.
Provisiona el 15 % si el artista no es residente. La retención del artículo 182 A bis se calcula sobre el bruto menos el 10 %, y se paga el día 15 del mes siguiente al trimestre civil del pago. Pacta por escrito quién la soporta.
Guarda la attestation mensuelle d'emploi y el justificante de pago. El organismo emite la attestation en lugar de la nómina, y el retraso en el pago corre al 6 % desde el primer día.
Conclusión
Francia separa tres decisiones que a menudo se mezclan en un solo correo: si el artista es asalariado, por qué ventanilla declaras y qué retención practicas si no es residente. La primera la responde el artículo L7121-3 del code du travail con una presunción difícil de esquivar. La segunda la responde el GUSO, gratuito y obligatorio para quien contrata de forma ocasional, con 15 días de plazo tras el fin del contrato. La tercera la responde el artículo 182 A bis del CGI con un 15 % sobre el bruto menos el 10 %. Todas se comprueban en fuentes abiertas: Legifrance, code.travail.gouv.fr, service-public.gouv.fr, guso.fr, el Unédic y el BOFiP. Las normas y fichas citadas se consultaron el 18 de octubre de 2026.
Fuentes
- Code du travail, artículos L7121-1 a L7121-7: contrato de trabajo del artista del espectáculo y presunción de salariado (Legifrance)
- Code du travail, artículos L7122-22 a L7122-28: guichet unique para el espectáculo vivo (Legifrance)
- Code du travail, artículos D7122-1 a R7122-29, incluido R7122-13 sobre el tope de seis representaciones (Legifrance)
- Artículo L7121-5 del code du travail: excepción para prestadores de servicios de la UE y del EEE (Code du travail numérique, Ministère du Travail)
- Artículo L7122-19 del code du travail: personas exentas de declaración y grupos de artistas aficionados (Code du travail numérique)
- Artículo L7122-24 del code du travail: obligaciones que sustituye la declaración (Code du travail numérique)
- Artículo L8224-1 del code du travail: sanciones penales por trabajo disimulado (Code du travail numérique)
- Guichet unique du spectacle occasionnel (Guso), ficha F1928 verificada el 24 de diciembre de 2024 (service-public.gouv.fr)
- Montant du Smic, ficha F2300 actualizada el 1 de junio de 2026 (service-public.gouv.fr)
- Preguntas frecuentes sobre declaraciones: plazos de la DUS y de las cotizaciones (Guso, France Travail)
- Preguntas frecuentes sobre reglamentación: espectáculo vivo, técnicos, ensayos y convenios colectivos (Guso, France Travail)
- Preguntas frecuentes sobre el prélèvement à la source en el Guso (Guso, France Travail)
- Annexe 10 al reglamento anexo a la convención de 15 de noviembre de 2024: artistas del espectáculo, 507 horas y conversión de cachets (Unédic)
- Annexe 8 al reglamento anexo a la convención de 15 de noviembre de 2024: obreros y técnicos del espectáculo (Unédic)
- BOI-IR-DOMIC-10-20-20-20: retenciones sobre las sumas pagadas en contrapartida de prestaciones artísticas, artículo 182 A bis del CGI (BOFiP, impots.gouv.fr)
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