En Italia la barra de un evento no se abre con una licencia de alcohol, porque no existe: se abre con una SCIA de somministrazione temporanea ante el SUAP del Ayuntamiento. Lo que sí es estatal y no se negocia son los horarios, la edad mínima y el etilómetro. El artículo 6 del decreto ley 117/2007 corta la venta a las 3:00, el artículo 14-ter de la Ley 125/2001 castiga servir a un menor de 18 años y el alcalde puede, por ordenanza, apagar la barra durante tu evento.
¿Qué permiso necesitas para montar una barra en un evento en Italia?
Una SCIA de somministrazione temporanea de alimentos y bebidas, presentada al SUAP del Ayuntamiento. No es un permiso de alcohol: es la habilitación para servir, y el alcohol va dentro salvo que la norma local lo excluya. La competencia es regional, así que la norma que citas en el formulario cambia de una región a otra.
En Friuli Venecia Julia, el portal SUAP regional sitúa la SCIA en el artículo 11 de la Ley regional 17/2025, el código regional de comercio y turismo, y recuerda que «l'art. 41 del D.l. 9 febbraio 2012, n. 5» exoneró del requisito profesional a los participantes en manifestaciones temporales. Siguen exigiéndose los requisitos morales del artículo 71 del Decreto Legislativo 59/2010 y los antimafia del artículo 85 del Decreto Legislativo 159/2011, con un tope de cincuenta y nueve días al año de actividad.
En Campania, el SURAP regional remite al artículo 94 de la Ley regional 7/2020, de 21 de abril, y añade la notificación sanitaria en la categoría «Ristorazione in ambito di manifestazioni temporanee (fiere, sagre ecc.) non escluse dal regolamento 852/2004». La actividad queda «limitata alla durata della manifestazione ed ai locali e luoghi cui la manifestazione si riferisce».
Tres territorios, tres trámites
| Territorio | Norma de la SCIA temporal | Límite declarado | Detalle que cambia el coste |
|---|---|---|---|
| Friuli Venecia Julia | Art. 11 de la Ley regional 17/2025 (SUAP regional) | 59 días al año | Exención de requisito profesional por el art. 41 del DL 5/2012 |
| Campania | Art. 94 de la Ley regional 7/2020 (SURAP) | Duración de la manifestación | Notificación sanitaria de «manifestazioni temporanee» |
| Provincia de Trento | Ley provincial 9/2000 y DPP de 14 de junio de 2001 | Fin de la manifestación | 27 euros de derechos de instrucción; gratis para entidades sin ánimo de lucro |
La ficha del Ayuntamiento de Trento añade un matiz que conviene leer antes de cerrar la carta de bebidas: para servir superalcohólicos «è necessario richiedere anche una specifica autorizzazione in deroga adeguatamente motivata». Si tu barra vive de los combinados, ese papel va aparte.
La SCIA de la barra no sustituye al permiso del espectáculo. Son dos expedientes distintos y el segundo, con su comisión de vigilancia, está explicado en la guía de qué permisos necesita un evento en Italia. El portal del Friuli lo deja claro al enumerar quién controla una manifestación temporal: Ayuntamiento, Vigili del Fuoco, autoridades sanitarias, ARPA y SIAE.
¿Hasta qué hora se puede servir alcohol en un evento italiano?
Hasta las 3:00, y no se reanuda hasta las 6:00. La regla está en el artículo 6, apartado 2, del decreto ley 3 de agosto de 2007, n. 117, en la redacción que le dio el artículo 54 de la Ley 120/2010. El texto alcanza a los titulares de la licencia del artículo 86 del TULPS, «ivi compresi gli esercizi ove si svolgono, con qualsiasi modalità, spettacoli o altre forme di intrattenimento e svago, musicali o danzanti», y a «chiunque somministra bevande alcoliche o superalcoliche in spazi o aree pubblici ovvero nei circoli gestiti da persone fisiche, da enti o da associazioni». Es decir: también la barra de una asociación en una plaza.
Todos ellos «devono interrompere la vendita e la somministrazione di bevande alcoliche e superalcoliche alle ore 3 e non possono riprenderla nelle tre ore successive, salvo che sia diversamente disposto dal questore in considerazione di particolari esigenze di sicurezza».
Hay un segundo reloj, el de la venta para llevar. El apartado 2-bis obliga a los esercizi di vicinato de los artículos 4.1.d) y 7 del Decreto Legislativo 114/1998 a interrumpir «la vendita per asporto di bevande alcoliche e superalcoliche dalle ore 24 alle ore 6». Y hay dos noches exentas: el apartado 2-ter excluye de ambos límites la noche del 31 de diciembre al 1 de enero y la del 15 al 16 de agosto.
Mucha documentación de sector sigue citando las 2:00 para los locales de espectáculos. Esa era la redacción de 2007: el artículo 54 de la Ley 120/2010 sustituyó el apartado 2 completo y unificó la hora en las 3:00. Es una lectura directa del texto modificativo, no una interpretación.
Lo que cuesta pasarse de hora
El apartado 3 del mismo artículo 6 fija la factura: «L'inosservanza delle disposizioni di cui ai commi 2, 2-bis e 2-quinquies comporta la sanzione amministrativa del pagamento di una somma da euro 5.000 a euro 20.000». Con dos infracciones distintas constatadas en dos años, se suspende la licencia o la actividad «per un periodo da sette fino a trenta giorni, secondo la valutazione dell'autorità competente». En un festival de tres días, una suspensión de siete días llega después del evento, pero se la come la siguiente edición.
¿Hay que poner etilómetro y tablas de alcoholemia?
Si el local sigue abierto más allá de las 24:00, sí. El apartado 2-quater del artículo 6 obliga a los titulares de los locales del apartado 2 a tener «presso almeno un'uscita del locale un apparecchio di rilevazione del tasso alcolemico, di tipo precursore chimico o elettronico, a disposizione dei clienti che desiderino verificare il proprio stato di idoneità alla guida dopo l'assunzione di alcool».
No acaba ahí. Deben exponer a la entrada, dentro y a la salida tablas que reproduzcan «la descrizione dei sintomi correlati ai diversi livelli di concentrazione alcolemica nell'aria alveolare espirata» y «le quantità, espresse in centimetri cubici, delle bevande alcoliche più comuni che determinano il superamento del tasso alcolemico per la guida in stato di ebbrezza, pari a 0,5 grammi per litro». La sanción por incumplirlo es menor, pero existe: de 300 a 1.200 euros.
La lectura práctica es nuestra, no de la norma. El precepto habla de «locali», pensado para discotecas y pubs con licencia del artículo 86 del TULPS. Un recinto temporal con SCIA no encaja de forma evidente en esa definición, y la autoridad local es la que decide. Pregúntalo por escrito al SUAP junto con la SCIA: un etilómetro precursor y tres carteles cuestan poco; discutirlo con el agente a las tres de la mañana, bastante más.
¿Puedes servir alcohol a un menor de 18 años?
No. La edad mínima para vender y para servir es 18 años, y desde 2017 ambas conductas están en la misma norma. El artículo 12, apartado 2, del decreto ley 20 de febrero de 2017, n. 14, en vigor desde el 22 de abril de 2017 tras la ley de conversión 48/2017, modificó el artículo 14-ter de la Ley 125/2001: «dopo la parola: "vende" sono inserite le seguenti: "o somministra" e le parole: "per tre mesi" sono sostituite dalle seguenti: "da quindici giorni a tre mesi"».
El resultado vigente, tal como lo resume la Federazione Italiana Pubblici Esercizi en agosto de 2026, es una sanción administrativa de 250 a 1.000 euros a quien vende o sirve alcohol a un menor de 18 años, y de 500 a 2.000 euros con suspensión de la actividad de quince días a tres meses si se repite. El apartado 1 del mismo artículo impone además pedir el documento: «Chiunque vende bevande alcoliche ha l'obbligo di chiedere all'acquirente, all'atto dell'acquisto, l'esibizione di un documento di identità, tranne che nei casi in cui la maggiore età dell'acquirente sia manifesta».
Por debajo de los 16 años ya no es una multa, es un delito. El artículo 689 del Código Penal castiga con arresto de hasta un año a quien sirve «in un luogo pubblico o aperto al pubblico, bevande alcooliche a un minore degli anni sedici», y agrava la pena «se dal fatto deriva l'ubriachezza».
| Edad del asistente | Qué norma se aplica | Consecuencia |
|---|---|---|
| Menos de 16 años | Art. 689 del Código Penal | Delito: arresto de hasta un año |
| 16 y 17 años | Art. 14-ter de la Ley 125/2001 | Multa de 250 a 1.000 euros |
| Reincidencia con menores de 18 | Art. 14-ter de la Ley 125/2001 | 500 a 2.000 euros y cierre de 15 días a 3 meses |
| Dudas sobre la edad | Art. 14-ter, apartado 1 | Obligación de pedir documento de identidad |
Operativamente, esto se resuelve en la puerta, no en la barra. Si el evento es para todas las edades, la pulsera de color por franja de edad al acceder evita que el camarero tenga que estimar años a oscuras. Es el mismo criterio que rige para los menores y el alcohol en eventos en Alemania, donde la ley distingue por bebida y por edad.
¿Puede el Ayuntamiento prohibir el alcohol durante tu evento?
Sí, y lo hace a menudo. El instrumento es la ordenanza del alcalde del artículo 50, apartados 5 y 7, del Decreto Legislativo 267/2000. Dos ejemplos recientes dan la medida de hasta dónde llega.
El Ayuntamiento de Bérgamo publicó la ordenanza n. 13 de 18 de agosto de 2026: prohibición de servir o vender para llevar bebidas alcohólicas de más de 5 grados y de bebidas en vidrio, similares o lata, desde las 09:00 del 20 de agosto hasta las 06:00 del 21 de agosto de 2026, dentro de un perímetro que incluía el centro histórico, con sanción de 50 a 500 euros por el artículo 7-bis del mismo Decreto Legislativo 267/2000. El Ayuntamiento de Monselice, con la ordenanza n. 215 de 31 de octubre de 2024, prohibió durante la Fiera dei Santi servir y vender para llevar bebidas en botella y vaso de vidrio, y dejó fuera del veto el servicio en mesa en las terrazas autorizadas.
La reincidencia tiene su propia pena. El artículo 12, apartado 1, del decreto ley 14/2017 permite al questore suspender la actividad «per un massimo di quindici giorni, ai sensi dell'articolo 100» del TULPS cuando hay «reiterata inosservanza delle ordinanze emanate, nella stessa materia, ai sensi dell'articolo 50, commi 5 e 7». Dicho de otro modo: incumplir dos veces la ordenanza del vidrio puede cerrarte la sala, no solo la barra.
El calendario importa. Estas ordenanzas se firman días antes del evento y se publican en el albo pretorio del Ayuntamiento. Asigna a alguien de producción la revisión semanal del albo durante el mes previo, como ya se hace con los límites de ruido de un evento en Italia.
¿Qué IVA se aplica a la barra: 10 % o el del producto?
Depende de si sirves o vendes. El número 121 de la Tabla A, parte III, del DPR 26 de octubre de 1972, n. 633, aplica el 10 % a las «somministrazioni di alimenti e bevande, effettuate anche mediante distributori automatici; prestazioni di servizi dipendenti da contratti di appalto aventi ad oggetto forniture o somministrazioni di alimenti e bevande».
La Agencia Tributaria italiana lo separó con claridad en la Respuesta n. 412 de 2023: «la "somministrazione" è assoggettata all'aliquota Iva del 10 per cento, ai sensi del citato numero 121), mentre la "cessione" è assoggettata ad Iva con l'aliquota propria applicabile in relazione alla singola tipologia di bene alimentare venduto». La misma respuesta recuerda que la somministrazione se encuadra como prestación de servicios por el artículo 3, apartado 2, número 4, del DPR 633/1972, por la mezcla de «prestazioni di dare» y «prestazioni di fare».
Para un festival, la consecuencia es contable y es concreta: la caña servida en vaso en la barra y la botella precintada que alguien se lleva no van en la misma línea del informe de cierre. Conviene que el TPV distinga ambas desde el principio, porque reconstruirlo después, con decenas de miles de tickets, es un trabajo manual. Si la entrada lleva consumición incluida, el tratamiento del paquete es otra conversación con tu asesor fiscal: la Respuesta 412/2023 no resuelve ese caso. El resto de la fiscalidad de la venta de entradas —el titolo di accesso, la carta de activación y el 10 % del espectáculo— está en la guía de cómo vender entradas en Italia con SIAE.
Y Futura Tickets, ¿qué parte de esto cubre?
Ninguna de las licencias. La SCIA, la ordenanza y el etilómetro son trámite y producción, no software. Lo que sí toca el sistema de venta y acceso es todo lo que pasa después de que la barra abra.
Dos piezas concretas. Las pulseras y tarjetas RFID/NFC de Futura Tickets cobran 100 % offline, en menos de un segundo, aunque se caiga la red: una barra en un recinto temporal sin cobertura sigue despachando y sigue registrando cada consumición. Y la comprobación del documento se resuelve en el acceso, no en la barra: entregar una pulsera distinta por franja de edad en la puerta convierte el control del artículo 14-ter en un vistazo del camarero.
Lo demás es orden de datos. Cada consumición cobrada desde el TPV de barra queda separada por punto de venta y por producto, que es justo la separación entre somministrazione y cessione que pide la Respuesta 412/2023. Cómo funciona el dinero en pulsera, con sus reembolsos y sus cierres, está desarrollado en la guía de cashless y monedero digital en eventos.
Lista de comprobación antes de abrir la barra en Italia
Presenta la SCIA de somministrazione temporanea al SUAP con la norma regional correcta. Campania cita el artículo 94 de la Ley regional 7/2020; el Friuli, el artículo 11 de la Ley regional 17/2025. Adjunta la notificación sanitaria de manifestación temporal.
Pregunta por escrito si tu carta necesita autorización aparte. En la provincia de Trento, los superalcohólicos exigen una autorización en deroga motivada. Es un papel más y tiene plazo.
Programa el corte de las 3:00 en el TPV. La norma no distingue entre barra principal y barra de camerinos. Si el sistema deja de vender alcohol solo, no depende de que un camarero recuerde la hora.
Separa en el TPV lo que se sirve de lo que se vende cerrado. Diez por ciento frente al tipo propio del bien: es la distinción que exige la Respuesta 412/2023 y se configura antes, no después.
Pide el documento siempre que la mayoría de edad no sea manifiesta. Es una obligación legal expresa del artículo 14-ter, no una buena práctica. Resuélvelo en el acceso con pulsera por franja de edad.
Revisa el albo pretorio del Ayuntamiento el mes previo. Las ordenanzas de vidrio y alcohol se firman con días de antelación y cambian el montaje de la barra: vasos, latas y perímetro.
Si el recinto sigue abierto después de las 24:00, resuelve el etilómetro y las tres tablas. De 300 a 1.200 euros de multa, y la autoridad local es la que interpreta si tu recinto entra.
Conclusión
El marco italiano del alcohol en eventos tiene tres capas y conviene no confundirlas. La regional decide cómo se abre la barra: SCIA temporanea, con requisitos y plazos distintos en Campania, el Friuli o Trento. La estatal decide cuándo se corta y a quién no se sirve: las 3:00 del artículo 6 del decreto ley 117/2007 y los 18 años del artículo 14-ter de la Ley 125/2001, con el artículo 689 del Código Penal esperando por debajo de los 16. Y la municipal decide lo que pasa el día concreto de tu evento, por ordenanza, a veces con una semana de aviso.
Las dos primeras se preparan meses antes. La tercera obliga a mirar el albo pretorio hasta el día anterior. Ese es, en la práctica, el trabajo del responsable de barra en Italia.
Fuentes
- Testo dell'art. 54 della legge 120/2010, che sostituisce i commi 2 e 3 dell'art. 6 del decreto-legge 117/2007 (portale SUAP comunale Halley SAC, PDF)
- Decreto-legge 20 febbraio 2017, n. 14, testo con note, artt. 10, 12 e 13 (Ministero dell'Interno, Direzione centrale per i servizi antidroga, PDF)
- Alcol e under 18: le regole da conoscere, 12 de agosto de 2026 (Federazione Italiana Pubblici Esercizi)
- Le nuove regole sull'alcol, guida pratica con el texto del art. 14-ter della legge 125/2001 y del art. 689 del codice penale (FIPE, PDF)
- Manifestazioni temporanee e sagre con somministrazione e/o commercio (SUAP, Regione Autonoma Friuli Venezia Giulia)
- Quali sono gli adempimenti previsti per esercitare la somministrazione di alimenti e bevande in occasione di sagre ed altre manifestazioni (SURAP, Regione Campania)
- Somministrazione temporanea di alimenti e bevande (Comune di Trento)
- Risposta n. 412 del 2 de agosto de 2023 sobre el número 121 della Tabella A, parte III, del DPR 633/1972 (Agenzia delle Entrate, PDF)
- Ordinanza sindacale n. 13 del 18 agosto 2026, divieto di vendita per asporto e somministrazione di bevande alcoliche (Comune di Bergamo)
- Ordinanza sindacale n. 215 del 31 ottobre 2024, Fiera dei Santi, divieto di bevande in vetro (Comune di Monselice)
